jueves, 17 de octubre de 2019
Terrorismo antes si era manifestación legitima ahora ya no con López Obrador en el poder
Con la reforma al Código Penal Federal del 11 de febrero de 2014 se eliminó del proyectod e reforma el último párrafo que decía que las manifestaciones públicas (incluso las violentas) no se deben considerar actos terroristas. Eran entonces los métodos terroristas, los métodos favoritos del PT-MORENA que se oponía en ese entonces a la reforma pues, podían ir a prisión si en 2018, su líder López Obrador perdía la elección, entonces destruían la ciudad como en 2012 para imponer a López Obrador ya fuera por la fuerza.
Yeidckol Polevsky: "Se les va aparecer el demonio...".
AMLO: "Voy a soltar al tigre...".
Pero ahora en el poder, están felices de una herramienta tan efectiva de represión. El presidente López Obrador lo sabe, y por eso ha ordenado que se cometan actos criminales y hasta terroristas en medio de las manifestaciones feministas, las de los 43 delincuentes de Ayotzinapa o las del 2 de octubre, precisamente para que la personas indignadas exijan que se aplique contra ellos "todo el peso de la ley" contra los opositores a López Obrador, como la Ley Garrote de Tabasco.
Si una manifestación de ciudadanos se da contra las injustas acciones de López Obrador, entonces López Obrador ordena infiltrar las marchas y cometer actos criminales para justificar la detención de presos políticos por más de 40 años.
(...) Artículo 139. -dice- Se impondrá pena de prisión de seis a cuarenta años y hasta mil doscientos días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad para que tome una determinación.
La misma sanción se impondrá al que directa o indirectamente financie, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, con conocimiento de que serán utilizados, en todo o en parte, en apoyo de personas u organizaciones que operen o cometan actos terroristas en el territorio nacional.
Párrafo eliminado, que contenía la salvedad o excluyente de responsabilidad a manifestaciones sociales de repudio, según el decreto 14 de marzo de 2014 decía:
...No se considerará como un acto terrorista las manifestaciones realizadas por grupos sociales en ejercicio de los derechos humanos, sociales o de cualquier otro ejercicio derivado de un derecho constitucional, que no atenten contra bienes jurídicos de personas o que tengan la finalidad de presionar a la autoridad para que tome una determinación en cierto sentido sobre alguna demanda”...
Como consta en este documento, antes sus principales críticos eran los miembros del PRD, PT y MORENA. Ahora están felices de contar con una herramienta de represión como ésta, la destrucción del poder judicial por López Obrador y la Ley Garrote en Tabasco.
http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/prog_leg/138_DOF_14mar14.pdf